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Este espacio está
dedicado especialmente a VOSOTROS, a todos aquellos amigos que
quieran aportar comentarios y noticias de nuestro Deporte. Recibimos
peticiones de algunos socios y amigos que desean que incluyamos
noticias referentes al mundo de la caza y sus armas, aunque no sea
el fin del espacio Web, bienvenidas sean. La dirección del Club no
se hará especialmente solidaria con las opiniones y comentarios que
sean publicados, pero siempre que los artículos, opiniones y
comentarios guarden las necesarias reglas de respeto serán
publicados a la mayor brevedad posible. Os pedimos que los artículos
que mandéis lo hagáis por correo electrónico y así nos evitáis
"teclearlo". |
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MÁXIMA DIFUSIÓN
(ASOCIACIÓN NACIONAL DEL ARMA)
Estimados compañeros,
La Asociación Nacional del Arma ha elaborado un
escrito para criticar y tratar de cambiar algunos de
los puntos recogidos en el nuevo Reglamento Técnico
Oficial de Pistola 9mm. A continuación reproducimos
de forma íntegra el contenido de este escrito que ya
se está enviando a todas las Federaciones, Clubes,
armerías y tiradores deportivos de nuestro país.
Agradeceríamos nos ayudasen a divulgarlo entre
vuestros amigos y conocidos.
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Estimado Señor:
Como Vd. sabrá con fecha 01/04/2012 entró en vigor
el nuevo “Reglamento Técnico Oficial de Pistola
9mm.”, impuesto por la Real Federación Española de
Tiro Olímpico, en adelante RFEDETO, que ha generado
un gran descontento, malestar, inquietud,
indignación y decepción entre el colectivo de
tiradores federados con Licencia de Armas tipo F,
así como a los titulares de las armerías e
importadores de armas.
Dicho Reglamento de no verse anulado o rectificado
excluye más del 95% de las pistolas de concurso que
los tiradores federados poseen y emplean para el
desarrollo de la práctica de dicha modalidad. Armas
que en muchos de los casos son de altísimo valor
deportivo y económico, con un coste de media cercano
a los 2.000 €, llegando algunas de ellas a superar
ampliamente los 3.000 € de coste.
El equipo Técnico y Jurídico de nuestra Asociación
ANARMA entiende que el nuevo reglamento aprobado
causaría gravísimos e irreparables perjuicios
deportivos y económicos a los tiradores de dicha
modalidad ya que la inmensa mayoría utilizan las
pistolas ahora excluidas en dicho reglamento, en el
que no ha existido consenso en su elaboración,
redacción y aprobación, ni han sido consultados los
Representantes de los Tiradores de las Asambleas de
las Federaciones Territoriales de Tiro Olímpico, ni
los demás estamentos de dichas Federaciones, ni los
Representantes de la Asamblea de la RFEDETO, ni los
propios tiradores, muchos de ellos expertos
cualificados en la materia y de reconocida y
laureada trayectoria deportiva.
Además de su contenido, con unas normas excluyentes
carentes de lógica y sentido y sin base alguna que
las justifique, es profundamente criticable la
inoportunidad del momento en el que ha entrado en
vigor con una coyuntura de gravísima crisis
económica a nivel mundial, y de manera especial y
más acentuada en nuestro país.
A continuación se reproducen los artículos más
polémicos y dañinos que excluyen a casi todas las
pistolas de concurso. Les elevamos consultas en cada
uno de ellos:
- Art. 4.4 “Está prohibido alterar la forma original
exterior del arma”.
¿Sería entonces excluida una pistola de concurso por
el simple hecho de haberle cambiado el alza fija por
otra con regulación en deriva lateral y altura
aunque no sobresaliese de la parte trasera de la
corredera?
Este artículo con su ambigüedad y falta de
concreción excluye a una gran cantidad de pistolas
de concurso que hasta ahora eran plenamente válidas.
- Art. 4.5.1 “Ninguna mira trasera o delantera podrá
sobrepasar la corredera de la pistola hacia atrás o
adelante respectivamente”.
¿Sería entonces excluida una pistola de concurso por
el simple hecho de que tenga el punto de mira en el
contrapeso del cañón?
Lo idóneo hubiese sido que se matizase diciendo que
se excluyen de la aplicación de este artículo
aquellas pistolas de concurso que así hayan sido
fabricadas, afectando exclusivamente a las
modificadas posteriormente por sus propietarios.
- Art. 4.7.2 “Sólo un apoyo del pulgar que no
sobrepase los 5 (cinco) milímetros y no tenga un
ángulo menor de 90º está permitido”.
La mayor parte de las pistolas 9 mm. de concurso
tienen un apoyo en la cacha o en la palanca del
seguro que no cumplirían ninguna o alguna de estas
dos exclusiones.
- Art. 4.7.3 “Ningún elemento o protuberancia que
sirva de apoyo debe exceder de una línea trazada
desde el exterior de la cacha”.
¿Sería entonces excluida una pistola de concurso por
el simple hecho de tener brocal atolvado indivisible
en determinadas empuñaduras, caso de las S.P.S. ,
S.T.I. y otras de similares características, y que
en modo alguno ayudan o mejoran el empuñamiento?
- Art. 4.7.5 “No se permite ninguna prolongación
(seguro extendido o rabera) envolvente o con curva
descendente”.
¿Serían entonces excluidas las pistolas de concurso
SWISS ARMS P210 LS, la PARDINI GT9 y la TANFOGLIO
Gold Match por el mero hecho de tener la rabera con
curva mínimamente descendente?
Tiradores durante una competición de tiro de
precisión- Art. 4.9.1 “No se permite el uso de
contrapesos ni freno de boca, compensadores u otro
sistema similar. No se permite la alteración externa
del arma......”
Con la medida de prohibir los contrapesos originales
de las pistolas, quedan excluidas las dos pistolas
que posiblemente sean las mejores del mundo para
precisión en calibre 9mm., como son la SIG P210-5
Sport, y la H&K P9S Sport que sin duda alguna
acaparan en manos de sus propietarios la mayor parte
de títulos y campeonatos ganados.
En el anterior “Reglamento para Pistola 9mm.”,
vigente desde marzo del 2006 hasta el 01 de abril
del presente 2012, en su artículo 2.1.4.- , decía
literalmente:
“No se admiten frenos de boca, contrapesos
adicionales o cualquier otro sistema que actúe de
manera similar”.
Con esta redacción quedaba suficientemente claro que
lo que se prohibía eran los contrapesos adicionales,
es decir, los que no eran originales del arma, y que
habían sido insertados o añadidos posteriormente por
sus propietarios.
En la redacción de este artículo en el actual
reglamento se ha omitido la palabra “adicionales”.
Por tanto la solución a este artículo sería
escribir: “No se permite el uso de contrapesos
adicionales que no sean originales de la
pistola....”.
- Art. 4.10.1 “La longitud del cañón no debe ser
mayor a 153 mm. El mismo no debe sobrepasar el
extremo delantero de la corredera +/- 7 (siete) mm”.
Con este artículo quedan igualmente excluidas las
dos pistolas que como se ha dicho anteriormente
reiteramos que posiblemente sean las mejores del
mundo para precisión en calibre 9mm., como son la
SIG P210-5 Target y Sport, y la H&K P9S Sport que
sin duda alguna acaparan en manos de sus
propietarios la mayor parte de títulos y campeonatos
ganados en dicha modalidad.
- Art. 8.1 “Tasas de Reclamación y Apelaciones: 30 y
60 euros respectivamente”.
Con esta medida queda clara la intención de cohibir
y limitar la acción de la reclamación y defensa de
los tiradores deportivos ante las injusticias que
sufran por alguna decisión arbitraria y carente de
razón por parte de algún arbitro que se equivoque en
el desempeño de sus funciones.
- Art. 8.2.8.1 “.......Todas las protestas escritas
deben ser presentadas no más tarde de 30 minutos
después del problema en cuestión”.
Igualmente con esta medida queda clara la intención
de cohibir y limitar la acción de la reclamación y
defensa de los tiradores deportivos ante las
injusticias que sufran por alguna decisión
arbitraria y carente de razón por parte de algún
arbitro que se equivoque en el desempeño de sus
funciones, ya que al tirador que le surja un
problema al comienzo de una competición que pueda
ser objeto de reclamación se verá en el dilema y en
la tensión de decidir si sigue compitiendo
renunciando a presentar la reclamación, o si tiene
que dejar la competición para dedicarse a presentar
la reclamación por escrito dentro del limitado
tiempo establecido.
- Art. 4.4. “Está prohibido alterar la forma
original exterior del arma......”, y en el Art.
4.9.1. “.....No se permite la alteración externa del
arma”.
Según lo dispuesto en estos dos artículos quedan
claras las intenciones de prohibir las posibilidades
de adaptar al nuevo reglamento aquellas pistolas de
concurso que por “ridículas e insignificantes pegas”
han sido excluidas por dicho reglamento, como por
ejemplo la imposibilidad de limar o pulir una
palanca de seguro que tenga más de 5 mm de apoyo.
Con este nuevo Reglamento, muchas de las pistolas
que actualmente se utilizan en competición,
quedarían fuera de concursoLo ideal hubiera sido que
se hubiesen concretado y matizado más dichos
artículos, por ejemplo prohibiendo “preparaciones o
customizaciones” no originales de las pistolas que
pudiesen afectar a cuestiones de seguridad, como en
los casos en que sus propietarios fresan o agujerean
las correderas o armazones por mera estética o por
aligeramiento de peso.
- Se reseñan por orden alfabético algunas de las
pistolas de concurso ahora excluidas por este nuevo
reglamento, haciendo referencia a los artículos por
los que son excluidas:
BERETTA 92 Target Sport: art. 4.5.1. “Mira
delantera”, y art.4.9.1. “Contrapeso”
CZ 75 Sport I: art. 4.5.1. “Mira delantera”, y art.
4.9.1. “Contrapeso”
CZ 75 Sport II Viper: art. 4.7.2. “Apoyo del pulgar
con ángulo menor de 90º”
FN BROWNING GP/HP35 Competition: art. 4.5.1. “Mira
delantera”, y art. 4.9.1. “Contrapeso”
H&K P9S Sport: art. 4.5.1. “Mira delantera”, y art.
4.9.1. “Contrapeso”
H&K USP Match: art. 4.5.1. “Mira delantera”, y art.
4.9.1. “Contrapeso”
PARDINI GT9 de 6", con corredera de 5" y contrapeso:
art.4.5.1. “Mira delantera”, art.4.9.1.
“Contrapeso”, y art.4.7.5. “Rabera”
PARDINI GT9 con corredera de 6": art.4.7.5. “Rabera”
SIG P210-5 Target de 6": art. 4.5.1. “Mira
delantera”
SIG P210-5 Sport de 6": art. 4.5.1. “Mira
delantera”, y art. 4.9.1. “Contrapeso”
SWISS ARMS P210 LS: art.4.7.5. “Rabera”
SIG SAUER P210 Super Target: art. 4.7.2. “Apoyo del
pulgar con ángulo menor de 90º”
SIG SAUER P226 Sport: art. 4.5.1. “Mira delantera”,
y art. 4.9.1. “Contrapeso”
SIG SAUER P226 X-Five y Six: art. 4.7.2. “Apoyo del
pulgar con ángulo menor de 90º”
S.P.S.: art. 4.7.3. “Apoyo del brocal”, y art.
4.7.2. “Apoyo del pulgar con
ángulo menor de 90º”
S.T.I. Trojan: art. 4.7.2.“Apoyo del pulgar con
ángulo menor de 90º”
S.T.I. Target Master: art. 4.7.2. “Apoyo del pulgar
con ángulo menor de 90º”
S.V.I. INFINITY 6": art. 4.7.2. “Apoyo del pulgar
con ángulo menor de 90º”
TANFOGLIO Gold Match de 6", con corredera de 5" y
contrapeso: art. 4.5.1. “Mira delantera”, art.4.9.1.
“Contrapeso”, y art.4.7.5. “Rabera”
TANFOGLIO Gold Match con corredera de 6": art.4.7.5.
“Rabera”
WALTHER P88 Champion: art. 4.5.1. “Mira delantera”,
y art.4.9.1. “Contrapeso”
- Después de la criba curiosamente las únicas
pistolas competitivas que se salvan de la exclusión
son la S&W 952-2, y la CZ 75 Sport II.
Por todo lo expuesto no parecen muy claras las
finalidades que desde la RFEDETO esperan alcanzar
con estos artículos tan sumamente restrictivos y
excluyentes que contiene el nuevo Reglamento de
Pistola 9mm.
En opinión de muchos tiradores federados se llega
incluso a suponer que tras este nuevo reglamento se
puedan esconder oscuros propósitos, como los de
“beneficiar” a algunos “amigos” que se dedican a la
importación o a la venta de armas y más
concretamente pistolas como es en el presente caso,
y que sí cumplirían con las normas adoptadas, ya que
de lo que no cabe ninguna duda es que de seguir
adelante este reglamento muchos tiradores tendrán
que comprar nuevas pistolas, y regalar o “tirar a la
basura” sus queridas pistolas, ahora "apestadas" y
excluidas, armas que han sido de altísimo valor
deportivo y económico, y que ahora no valdrán nada
por la decisión arbitraria y carente de consenso y
de base que la justifique de quienes han redactado y
aprobado este restrictivo, excluyente y avasallante
reglamento.
Nos permitimos recordarles que la RFEDETO, así como
la Federación Territorial, además de regular y
dirigir el desarrollo y la práctica de este deporte,
tienen que velar por los intereses y derechos de los
tiradores federados en lo concerniente a dicha
práctica deportiva.
El mantenimiento de dichas Federaciones es en gran
medida gracias a las cuotas sufragadas por los
tiradores federados, bien sea por las cuotas anuales
de las Licencias Federativas, bien por las cuotas de
inscripción y de participación en las distintas
modalidades de los distintos Campeonatos Nacionales,
Autonómicos y Provinciales (y dicho sea de paso,
tasas todas ellas nada económicas).
En los distintos foros que existen en internet
especializados en temas de armas y del Tiro
Olímpico, así como en medios escritos, y en los
ambientes de los multitudinarios Clubs de Tiro
Olímpico repartidos por todo el territorio nacional,
así como por parte de las armerías y de los
diferentes importadores de armas, todos ellos
afectados negativamente en gran medida por este
nuevo reglamento, se están barajando diferentes
medidas y acciones de protesta encaminadas a mostrar
el más firme y total rechazo ante dichos artículos
de este arbitrario reglamento, así como a ejercer
todo tipo de acciones legales para defender sus
intereses y derechos ahora menoscabados y
cercenados.
Se barajan incluso acciones de protesta en forma de
“plantones” a las distintas Federaciones, como la de
inscribirse los tiradores a los diferentes
Campeonatos anulando dicha inscripción en los días
previos al inicio de los mismos. De esta forma cada
tirador se limitaría a realizar sólo una competición
oficial anual para cumplir el requisito mínimo
exigido para la renovación de la Licencia de Armas
tipo F.
No creemos necesario detallar la “asfixia” económica
a la que se verían sometidas la RFEDETO y las
Federaciones Territoriales con estas acciones.
Todas estas medidas y otras que se están estudiando
serían plenamente promovidas, secundadas y apoyadas
por todos los afectados y por esta Asociación ANARMA.
De lo que no cabe ninguna duda es de que si sigue
adelante este reglamento muchos tiradores federados
abandonarán la práctica del deporte, unos por
despecho y rechazo a la norma y otros porque no
puedan costearse la adquisición de nuevas pistolas,
puesto que las suyas que no cumplirían este nuevo
reglamento habrían perdido todo su valor económico
por la aplicación de esta norma.
Estos abandonos lógicamente también producirían una
pérdida de ingresos en las Federaciones
Territoriales y en la RFEDETO.
Por todo lo expuesto, les conminamos a que adopten
las medidas oportunas para que se anulen o
rectifiquen los artículos de este nuevo reglamento
que de forma tan brutal destrozan dicha modalidad
atacando a los intereses deportivos y económicos de
los tiradores federados, de las armerías y de los
importadores de armas.
Por último invitarles a una reflexión:
En definitiva deberían tratar de resolver problemas
y no de crearlos innecesariamente.
Piensen Vds. que en el fondo todos pretendemos
disfrutar de nuestra afición y pasión por el mundo
de las armas y del Tiro Olímpico, por lo que no
caben ni se entienden posturas extremistas,
arbitrarias y dictatoriales que vayan en contra de
los derechos e intereses de los tiradores federados,
y que no hacen más que producir un cisma
menoscabando la relación entre ambas partes,
deteriorando la esencia y naturaleza e imagen de
este querido deporte y afición.
De no coincidir la RFEDETO y la Federación
Territorial con estos propósitos, y por lo tanto no
velar por los intereses y derechos de los tiradores
federados, coincidirán con nosotros en que no sería
ético que se mantuviesen en sus cargos, empecinados
en hacer tanto daño a este deporte.
Por todo ello, y por el bien de este deporte,
SOLICITAMOS:
Que tenga por presentado este escrito, se sirva
admitirlo y dé las órdenes oportunas para que se
anulen o rectifiquen los artículos que tanto daño
generan en los aspectos expuestos a los tiradores
federados, armerías e importadores de armas.
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PRIMER EXPO-CAMPEONATO
NACIONAL DE PISTOLAS HISTÓRICO-MILITARES
Día 8 de Julio de 2012
Ribarroja (Valencia)
Consultas:
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615 02 92 01
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Nuevo Reglamento
de Armas 2011
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Los tiradores
que quieran subir de nivel de 3ª a 2ª clase tendrán que realizar una
Tirada Territorial, previa clasificación en el Campeonato Provincial
u Open Autonómico. Es obligatorio alcanzar la puntación mínima
exigida en el baremo de puntos, se suprime la prueba de la Guardia
Civil. |
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Ayúdale <<http://www.ayudapacosanz.com>>
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La Federación Territorial nos
informa que ya están traducidos los nuevos reglamentos de la ISSF,
os dejamos, a continuación los principales en formato pdf para
que los consultéis:
* REGLAMENTO TÉCNICO
GENERAL
*REGLAMENTO
TÉCNICO: PISTOLA
*REGLAMENTO
TÉCNICO: FUSIL Y CARABINA
*REGLAMENTO
TÉCNICO: PLATO
*REGLAMENTO JÓVENES PROMESAS
*REGLAMENTO
TÉCNICO JÓVENES PROMESAS |
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GABILONDOSPORT
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